miércoles, 9 de febrero de 2011

¿Qué es el Plan Concilia?

En España el Ministerio de Administración Pública y los sindicatos representantes de los funcionarios, firmaron un acuerdo en 2006, denominado Plan Concilia que tiene como objetivo mejorar sustancialmente las condiciones de trabajo de los funcionarios con el objetivo de mejorar la conciliación entre la vida laboral, personal y familiar de los empleados públicos del Estado Español.

El Plan Concilia presenta las siguientes mejoras sociales:

-Horario de entrada y salida más flexible al trabajo y poniendo las 18 horas como muy tarde para acabar la jornada de trabajo

-A los padres se les conceden diez días de permiso de paternidad por nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo.

-Derecho de los empleados públicos a acumular el periodo de vacaciones al permiso de maternidad, lactancia y paternidad, aún habiendo expirado ya el año natural.

-A las madres se les amplía la baja por maternidad , pudiendo sustituir, con carácter opcional, del permiso de lactancia de los hijos menores de 12 meses por un permiso adicional de hasta cuatro semanas.

-Para poder atender a hijos menores de 12 años y/o personas dependientes. Se podrá ampliar la reducción de jornada. Tener horarios más flexibles. Poder modificar el horario fijo. Reducir la jornada un 50% durante un mes para atender a un familiar muy enfermo. Excedencia de hasta tres años.

-Para los partos prematuros se conceden dos horas diarias de permiso si el hijo nace antes de tiempo o en el caso de niños recién nacidos que tengan que permanecer hospitalizados después del parto.

-En los casos de fecundación asistida se concede el tiempo suficiente para ausentarse del trabajo para someterse a técnicas de fecundación asistida por el tiempo necesario para su realización.

-En los casos de adopción se da derecho a un permiso de dos meses en los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, manteniendo las retribuciones básicas del salario.

-Para atender a los hijos discapacitados los empleados públicos que tengan hijos con discapacidad tendrán dos horas de flexibilidad horaria diaria a fin de conciliar los horarios de los centros de educación especial y otros centros donde el hijo o hija reciba atención, con los horarios de los propios puestos de trabajo. Igualmente, tendrán derecho a ausentarse del trabajo para asistir a reuniones de coordinación y apoyo.

-Durante los permisos de maternidad, paternidad y excedencias familiares los empleados públicos podrán recibir y participar en cursos de formación durante los permisos de maternidad, paternidad, así como durante las excedencias por motivos familiares.

-La empleada pública víctima de violencia de género que se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo podrá solicitar un traslado en distinta unidad administrativa o en otra localidad. También tendrá derecho a una excedencia, para hacer efectiva su protección o su asistencia social integrada, sin necesidad de haber prestado un tiempo mínimo de servicios y sin plazo de permanencia en la misma. Durante los dos primeros meses de esta excedencia se percibirán retribuciones íntegras.

-Se implantará el teletrabajo en aquellas actividades que sea posible realizarlo.

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