lunes, 28 de febrero de 2011

Las candidaturas paritarias serán obligatorias en los municipios con más de tres mil habitantes

Según la Ley de Igualdad, las candidaturas de los municipios mayores de tres mil habitantes que se concurran a las próximas elecciones municipales de mayo deberán integrar un mínimo de un 40 por ciento de mujeres, lo que en 2007 se aplicó a núcleos por encima de 5.000 residentes. La medida afecta también a las listas provinciales que se presentan a las Cortes. El objetivo es incrementar la presencia de mujeres en órganos de decisión política.


La normativa opta por una paridad relativa, ya que desecha las listas ’cremallera’ -alternando mujeres y hombres, o viceversa, de principio a fin-, pero regula la colocación por sexos a lo largo de toda la candidatura para evitar que ese mínimo legal del 40 por ciento de mujeres se sitúe en los últimos puestos, con nulas opciones de salir elegidas. La Ley impone que ese equilibrio de 40/60 debe aplicarse en tramos de cinco puestos, de forma que en cada uno de ellos debe haber tres personas de un sexo y dos de otro.

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